Ley No.23 de 27 de abril de 2015
“Que adopta medidas para prevenir el Blanqueo de Capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y dicta otras disposiciones”.
Con el objetivo de regular y robustecer los mecanismos de supervisión, control y cooperación internacional en la esfera de la prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva en Panamá, se promulga la Ley 23 de 27 de abril de 2015, publicada en Gaceta Oficial No 27768-B de misma fecha.
La Ley crea una coordinación nacional, ordenando la introducción de metodologías, estableciendo principios, obligaciones, mecanismos de recolección, recepción y análisis de información de inteligencia financiera, así como criterios para la imposición de sanciones por incumplimiento de la Ley.
Los Sujetos obligados financieros, sus sucursales, subsidiarias y filiales de propiedad mayoritaria del grupo financiero, así como los sujetos obligados no financieros, y las actividades realizadas por profesionales sujetas a supervisión deben cumplir con la ley.
Teniendo como Marco Legal Preventivo, Penal, y otras leyes para cumplir con la normativa:
Ley No.23 de 27 de abril de 2015
“Que adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y dicta otras disposiciones”.
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Decreto Ejecutivo No. 363 de 13 de agosto de 2015
“Que reglamenta la Ley 23 del 27 de abril de 2015.
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Decreto Ejecutivo No. 361 de 12 de agosto de 2015
“Que organiza la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos no Financieros.
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Decreto Ejecutivo No.947 del 5 de diciembre 2014
“Que reorganiza la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento de Terrorismo.”
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Decreto Ejecutivo No. 587 del 04 de agosto de 2015
“Que reglamenta el congelamiento preventivo desarrollado en el Titulo VI de la Ley 23 del 27 de abril de 2015,….”.(Lista que emite el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas S/RES/1267, 1988, 1373, 1718, 1737, y todas las sucesivas).
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Código Penal –Art. 254
Delitos Precedentes:
• Delito contra el Patrimonio Histórico de la Nación.
• Tráfico de Órganos
• Delincuencia Organizada
• Pandillerismo
• Tráfico y receptación de cosas provenientes del delito
• Delito de contrabando
• Defraudación aduanera
• Delitos contra la Personalidad jurídica del Estado.
• Delito contra la seguridad jurídica de los medios electrónicos
• Omisión o falsedad de las declaraciones aduanera del viajero respecto a dineros, valores o documentos negociables.
• Falsificación de moneda y otros valores
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Ley No.10 de 31 de marzo de 2015
“Modifica y adiciona artículos del Código Penal”.
• Persona Jurídica usada o creada para cometer delito aunque no sea beneficiada.
• Lista nuevos delitos relacionados.
• Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo
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Ley No.34 de 08 de mayo de 2015
“Que modifica y adiciona artículos del Código Penal, y dicta otras disposiciones”.
• Lista nuevos delitos relacionados.
• Delito de Contrabando y Defraudación Aduanera.
• Tráfico y Receptación de Cosas Provenientes del Delito.
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Ley No.18 de 23 de abril de 2015
“Que modifica artículos de la Ley 47 de 2013, Que adopta un régimen de custodia aplicables a las acciones emitidas al portador”.
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